Caducidad Minería NISIMBLAT ABOGADOS BOGOTA COLOMBIA

Nisimblat Law, cuenta con grupo de Abogados especializados en Derecho Minero Energético, apoyados por un grupo interdisciplinario en asesoría técnica, geología, ingeniería de minas y ambientalistas, expertos en propuestas de concesión en zonas de restricción minera.

Nisimblat Abogados cuenta con grupo de Abogados especializados en Derecho Minero Energético, apoyados por un grupo interdisciplinario en asesoría técnica, geología, ingeniería de minas y ambientalistas, expertos en clausulas exorbitantes en contratos de concesión minera:
Caducidad. El contrato podrá terminarse par la declaración de su caducidad, exclusivamente par las siguientes causas:
  • a) La disolución de la persona jurídica, menos en los casos en que se produzca par fusión, par absorción;

    b) La incapacidad financiera que le impida cumplir con las obligaciones contractuales y que se presume si al concesionario se le ha abierto tramite de liquidación obligatoria de acuerdo con la ley;

    c) La no realización de los trabajos y obras dentro de los términos establecidos en este Código dará  su suspensión no autorizada par mas de seis (6) meses continuos;

    d) El no pago oportuno y completo de las contra prestaciones económicas;

    e) El omitir el aviso previo ala autoridad para hacer la cesión del contrato;

    f) El no pago de las multas impuestas 0 la no reposición de la garantía que las respalda;

    g) El incumplimiento grave y reiterado de las regulaciones de arden técnico sobre la exploración y explotación mineras, de higiene, seguridad y laborales,  la revocación de las autorizaciones ambientales necesarias para sus trabajos y obras;

    h) La violación de las normas sobre zonas excluidas y restringidas para la minería;
    i) El incumplimiento grave y reiterado de cualquiera otra de las obligaciones derivadas del contrato de concesión;
    j) Cuando se declare como procedencia de los minerales explotados un lugar diferente al de su extracción, provocando que

    las contra prestaciones económicas se destinen a un municipio diferente al de su origen. Lo anterior, sin perjuicio, de las acciones legales que procedan en contra del concesionario y de los funcionarios públicos que con su conducta promuevan estos actos.

    En el caso contemplado en el presente articulo, el concesionario queda obligado a cumplir 0 garantizar todas las obligaciones de arden ambiental que le sean exigibles y las de conservación y manejo adecuado de los frentes de trabajo y de las servidumbres que se hubieren establecido.

 
La imposición irregular de esta medidas genera la posibilidad de interponer recursos en vía administrativa y la posibilidad de interponer las acciones correspondientes ante la jurisdicción contencioso administrativo sin perjuicio de las acciones disciplinarios por violación de la Ley.

Servicios:

MAIKEL NISIMBLAT, ABOGADO DE LA UNIVERSIDAD DE LOS ANDES, DERECHO AMBIENTAL, SANCIONATORIO AMBIENTAL, DOSIMETRIA DE SANCIONES AMBIENTALES, REVOCATORIA, RECURSOS EN SEDE ADMINISTRATIVA, ACCIONES DE NULIDAD EN CONTRA DE RESOLUCIONES QUE IMPONEN SANCIONES, DERECHO PENAL DAÑO A RECURSOS NATURALES, CONTAMINACIÓN AMBIENTAL, TUTELAS.

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